Escrito al TJUE

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (:TJUE)
L - 2925 Luxemburgo

Excmo. Koen Lenaerts , Presidente del TJUE
Centralita tel: (+352) 4303.1
Fax: (+352) 4303.2600

DDP-GreffeCour@curia.europa.eu

Lunes, 22 de agosto de 2022.

 

Estimado Sr. Presidente del TJUE, Excmo. Koen Lenaerts,

 

España amenaza las Finanzas de la UE pues viola el Estado de Derecho. Europa está en sus Manos

 

En España, existe una cadena de mando que permite al Gobierno, sancionar y condenar a los Jueces.

 

  • El Presidente del Gobierno nombra al Fiscal General del Estado.
  • El Ministerio Fiscal es “Juez y parte” en los juicios : la Fiscalía emite un informe en un asunto judicial , y por otro lado existe una Cadena de Mando , que permite al Fiscal General del Estado (:FGE), sancionar a cualquier Juez y Magistrado.
  • Toda la cúpula del Poder Judicial (los 20 Vocales del CGPJ) son nombrados por el Parlamento (Congreso y Senado: Poder Legislativo).
  • Quien fuera el FGE del 2004 al 2011 (d. Cándido Conde-Pumpido), es ahora miembro del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, y él inadmite las Denuncias que hemos presentado tratando esta Falta de Independencia Judicial (de la que él forma parte).
  • Todos los miembros del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (: en adelante: TC) son nombrados por el Poder Ejecutivo y Legislativo.

N.B.: los miembros del TC que son nombrados por el CGPJ, en realidad son nombrados por los Vocales del CGPJ, que a su vez son todos nombrado por el Parlamento.

  • ¿Quién juzga a los que juzgan? En España, existe una cadena de mando que permite al Gobierno y a los partidos políticos que gobiernan, sancionar y condenar a los Jueces:

El Gobierno controla el “Observatorio contra la Violencia Domestica y de Género” del CGPJ, cuya Presidente forma parte de la “Comisión Disciplinaria” del CGPJ, órgano que controla y sanciona a los Jueces.

Para cumplir con el Estado de Derecho, los miembros de la “Comisión Disciplinaria” deberían de ser independientes y no presidir un organismo controlado por el Gobierno.

 

A través de este Observatorio, importantes Grupos de Presión pueden interferir en las decisiones de los Jueces en España, por lo tanto, no está Garantizada la Independencia Judicial, por lo tanto, multitud de decisiones judiciales podrían ser nulas (lo indican los propios jueces).

 

Solicitamos que la Presidente de este “Observatorio” deje de formar parte de la “Comisión Disciplinaria del CGPJ.

 

Esta Violación del Estado de Derecho está AMENAZANDO LOS INTERESES FINANCIEROS DE LA UE.

Los procedimientos destinados a proteger el Presupuesto de la UE, como los controles y las auditorías realizados en España, puede que no reflejen la realidad.

España, en lugar de aportar recursos financieros a Europa, España sigue requiriendo ayudas a Europa.

 

Nos dirigimos a Usted, pues hemos informado de esta irregularidad al Congreso de los Diputados, Defensor del Pueblo, Fiscal General del Estado, Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo y todo sigue igual.

Hemos facilitado información de casos concretos al Consejo General del Poder Judicial (en adelante: CGPJ) y su respuesta es que, si no estamos conformes con un veredicto judicial, podemos recurrir.

Estos organismos españoles forman parte de esta cadena de mando o se benefician de él.

Es por ello, que estas cuestiones no son trasladadas por el Poder Judicial español al TJUE: hay un Conflicto de intereses: No les interesa que Europa conozca el sistema que aplica el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo para interferir en las decisiones judiciales.

 

El TJUE es uno de los Garantes del Estado de Derecho (art 2 TUE) y es por ello que nos dirigimos directamente a Usted.

 

Dada la gravedad de la situación para España y para el Presupuesto de la UE, publicamos este escrito en: https://porunajusticiaindependiente-tjue.blogspot.com/  para difundirlo entre los organismos y países perjudicados (Paises Bajos, Alemania, Belgica…).

 

 

N.B.: (Nota Bene):

Lamentamos la extensión de este escrito.

Nuestro objetivo es facilitar toda la información, para que nadie se escude en su desconocimiento.

 

Hemos incluido multitud de referencias de otras personas, periodistas, jueces, políticos y organismos para demostrar que cada vez, hay más ciudadanos que denuncian la Falta de Independencia Judicial en España.

Para facilitar la comprensión del asunto, hemos incluido el texto literal del artículo o normativa que mencionamos, enmarcado en un recuadro. Y a continuación facilitamos la fuente para que se pueda verificar la información.

En “cursiva” señalamos el texto literal de otros autores.

 

Este índice y sus apartados, son un resumen de todos los temas tratados.

 

 

Índice:


Contenido


1.   TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (:TJUE): Competencias. 6

Normativa. 6

TRATADO de la Unión Europea: Artículo 2: RESPETO al ESTADO de DERECHO.. 6

TRATADO de La Unión Europea: Artículo 19: el TJUE GARANTIZARÁ el RESPETO del DERECHO de la UNION.. 6

CARTA de los DERECHOS FUNDAMENTALES de la UNIÓN EUROPEA: art 47: “Derecho a la TUTELA JUDICIAL EFECTIVA y a un JUEZ IMPARCIAL” 7

art. 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (:CEDH): la designación (política) de un tribunal puede afectar a la validez de sus resoluciones. 7

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: art 10: los derechos fundamentales deben interpretarse de conformidad con la jurisprudencia del TEDH.. 7

2.   TRIBUNAL EUROPEO de DERECHOS HUMANOS (:TEDH) 7

Convención Europea de los Derechos Humanos. 8

Sentencias más relevantes del TEDH sobre la INDEPENDENCIA de la JUSTICIA (IMPORTANTE) 8

Indépendance de la justice. 8

Indépendance et droit à un procès équitable. 8

Critères d’indépendance. 8

Tribunal établi par la loi 8

Législation stable. 10

Indépendance statutaire. 10

Critères objectifs et subjectifs. 10

Absence d’influence extérieure. 10

Non-intervention du pouvoir exécutif ou législatif dans une affaire pendante devant les tribunaux. 11

Garanties objectives relatives à la carrière des juges. 11

Nomination ou révocation par le pouvoir exécutif ou législatif 11

Liberté des juges dans l’exercice de leur rôle juridictionnel 11

Inamovibilité des juges. 12

malveillance ou de négligence grave. 12

Théorie des apparences. 12

Sentiment d’indépendance. 12

Cumul des fonctions juridictionnelles dans une même affaire. 13

Dualité fonctionnelle de certains conseils d’État 13

Rôle juridictionnel ou administratif des ministères publics. 14

Articulation avec les autres droits garantis par la Convention. 14

Principe d’impartialité. 14

Éthique et déontologie des juges. 14

Droit au respect de la vie privée. 15

Liberté d’expression. 15

Liberté d’expression des membres du pouvoir judiciaire. 15

Nécessaire retenue. 15

Critiques / diffamation de magistrats et réputation du pouvoir judiciaire. 16

3.   CONSEJO GENERAL del PODER JUDICIAL (:CGPJ): Misión. 16

Los 20 Vocales que dirigen el CGPJ , son todos elegidos por el Parlamento (Congreso y Senado) desde 1985. 17

El CGPJ elige a los Magistrados de la Sala del Tribunal Supremo, que enjuicia a los aforados. 17

"Montesquieu ha muerto (Alfonso Guerra, 1985)” VicePresidente del Gobierno. 17

El Diputado que propuso este sistema de Nombramientos de la cúpula del CGPJ, se arrepiente por No Garantizar la Independencia Judicial. 18

“Reparto de Puestos y Mercadeo” 18

La mayoría de Jueces y MAGISTRADOS están INSCRITOS en ASOCIACIONES POLITIZADAS: Progresista, Conservadora y Feminista ¿serán imparciales?. 20

4.   CADENA de MANDO que permite al GOBIERNO de ESPAÑA, SANCIONAR a los JUECES: 20

Esquema. 20

COMISIÓN DISCIPLINARIA” del CGPJ. 20

OBSERVATORIO CONTRA la VIOLENCIA DOMÉSTICA y de GÉNERO” del CGPJ. 21

¿Quiénes integran y controlan este OBSERVATORIO?. 22

Comunidades Autónomas que tienen transferidas las competencias en materia de Justicia (y partido político que lo gobierna): 22

Grupos de Presión que forman parte de este OBSERVATORIO: 23

5.   INJERENCIAS del GOBIERNO en el Poder Judicial 24

La Sala del Tribunal Supremo que juzgará a los políticos es nombrada por los políticos. 24

AFORADOS: 250.000 en España (país de Europa con mayor número de aforados) 24

Denuncias presentadas contra el Gobierno por el COVID , no prosperan (Ejemplo del Control) 25

El Gobierno exige APLICAR la PERSPECTIVA de GÉNERO en las Sentencias. Los Abogados se oponen. 25

El Presidente del Gobierno reconoce públicamente que ha pactado con el partido de la oposición, la renovación de los 20 Vocales del CGPJ ¿Dónde está la Separación de Poderes?. 26

Miembros del Gobierno critican públicamente las actuaciones Judiciales, para presionarles. 27

“Unidas Podemos critica en el Congreso a jueces y policías que actúan por ideología” 27

“EL CGPJ ha reivindicado su independencia tres veces este año ante PODEMOS” 28

Consideraciones de la Injerencia del Gobierno en el Poder Judicial 30

6.   JUECES DENUNCIAN las INJERENCIAS del Poder Ejecutivo y Legislativo en el Poder Judicial en España: 30

“Los Jueces que van a la Política y luego Regresan al Poder Judicial, son el Epicentro del Problema de Independencia Poder Judicial en España” 31

“Violación de la Normativa Europea en la Reforma del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL” 31

“Golpe de Timón”: Jueces españoles piden del Presidente del CGPJ que intervenga contra la politización de la justicia. 33

“Asociaciones judiciales acusan al CGPJ de entrometerse en sus funciones jurisdiccionales” 34

“Incumplimiento en España de recomendaciones, de normativa y de jurisprudencia en materia de independencia judicial y separación de poderes” 35

España incumple los Criterios de Independencia Judicial según la última jurisprudencia del TEDH sobre Separación de Poderes: 37

RENOVACIÓN CGPJ: RIESGOS JURÍDICOS: Probable NULIDAD de Nombramientos de los 20 Vocales del CGPJ. 38

“La mitad de los jueces denuncia ante Europa el riesgo de violación del Estado de Derecho en España” 39

“El CGPJ aborda hoy su reforma y no descarta llevar a Europa la ofensiva contra su independencia” 41

“MANIFIESTO por la INDEPENDENCIA JUDICIAL” firmado por Asociaciones de Jueces. 41

“HUELGA INÉDITA de JUECES en ESPAÑA «La situación del CGPJ es insostenible» “ : 1ª huelga en 2018. 41

“Más de 4.200 JUECES Y FISCALES de toda España cuelgan la toga en la JORNADA DE HUELGA” :  2ª huelga. 42

7.   Todos los Organismos de CONTROL AL GOBIERNO, son CONTROLADOS POR EL GOBIERNO: No hay Sistema de ContraPoderes real 42

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL de España: 42

Un TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (controlado por el Gobierno) Aprobará todas las Leyes y Decretos Leyes promovidos por el Gobierno, aunque vulneren la Constitución Española y el Derecho de la UE.. 43

FISCAL GENERAL del ESTADO de España, nombrado por el Presidente del Gobierno: 43

“Pedro Sánchez presume de que la Fiscalía depende del Gobierno” 43

La COMISIÓN de PETICIONES del PARLAMENTO EUROPEO ha ADMITIDO NUESTRA QUEJA de que, en España, el FGE sea nombrado por el Presidente del Gobierno. 44

El “CONSEJO de TRANSPARENCIA y BUEN GOBIERNO” acusa a la Administración de obstaculizar su tarea. 44

DEFENSOR del PUEBLO: miembro destacado del PSOE (partido político del Presidente del Gobierno) 45

8.   JUECES VALIENTES investigan supuestos casos de Corrupción del Gobierno. 45

El Tribunal Supremo advierte que muchas subvenciones podrían ser nulas: las Administraciones Locales conceden numerosas subvenciones sin un Plan Estratégico aprobado. 45

“El calvario del PSOE andaluz tras los ERE: 500 imputados y un fraude de hasta 1.200 millones” 46

“Enchufes, Malversación, Prostitutas y Cocaína” 46

“el mayor caso de corrupción de la historia de la democracia” 47

“presuntamente simulaba obras que o se hacían chapuzas o directamente no se hacían, para recabar fondos de la Unión Europea (UE)” 47

“podría quedar impune por un absurdo defecto de forma… y por la citada lentitud judicial”. 47

‘Ni la Fiscalía sale ya al rescate de Podemos: asume por primera vez que será juzgado por ‘Neurona’ 49

El Gobierno emplea a la Fiscalía y la Abogacía General del Estado para evitar que los Jueces Investiguen posibles casos de corrupción con las subvenciones concedidas por el Gobierno. 49

Fiscalía y Abogacía apoyan a Plus Ultra tras su imputación: dicen que se acordó fuera de plazo. 49

¿Europa va a proteger a los Jueces que investigan supuestas corrupciones, o dejará que el Gobierno les castigue a través de la COMISION DISCIPLINARIA?. 49

9.   ESTADO de DERECHO en 2021. 50

El Parlamento Europeo analiza el Informe de la Comisión sobre el Estado de Derecho en 2021. 50

Informe sobre el Estado de Derecho en 2021: consideraciones generales. 51

Evaluación y recomendaciones. 51

Sistemas judiciales. 52

Marco de lucha contra la corrupción. 52

Democracia y controles y equilibrios. 53

Mecanismo para la democracia, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales. 53

Complementariedad con otros instrumentos del ámbito del Estado de Derecho. 53

Normativa que incumple España y Consecuencias (IMPORTANTE). 54

10. ESTADO de DERECHO de 2022, Informe sobre los Estados miembros: 55

La Comisión formula recomendaciones específicas a los Estados miembros. 55

11. ESTADO de DERECHO en 2022, en ESPAÑA (IMPORTANTE) 56

El sistema de nombramiento de los vocales del CGPJ debería de estar en consonancia con las normas europeas. 56

Persiste cierta inquietud ante la coincidencia temporal entre el mandato del Gobierno y el FGE.. 56

RESUMEN.. 57

RECOMENDACIONES.. 57

I. SISTEMA JUDICIAL. 58

Independencia. 58

II. MARCO DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN.. 58

IV. OTRAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL SISTEMA DE CONTRAPODERES INSTITUCIONALES.. 59

Comisión Europea se reúne con “Open Society European Policy Institute (OSEPI)” 59

“Open Society European Policy Institute (OSEPI)” : lobby presidido por el magnate George Soros. 60

¿Quién decide con que Organismos debe de reunirse la Comisión Europea para evaluar el Cumplimiento el Estado de Derecho en España?. 60

12. ESPAÑA NO VA BIEN  (a pesar de la enorme Ayuda Económica de Europa) 60

“Sánchez dispara la deuda pública hasta el máximo histórico de 1,475 billones con la inflación desbocada” 60

“El desastre Calviño. La economía española, la que peor afronta el otoño: lo dice la OCDE, el BdE, el IPC de Alemania y EEUU… Además, seguimos liderando el desempleo en Europa” 61

Además, seguimos liderando el desempleo en Europa. 61

“Maniobras ocultas de rescate o el temor del BCE a que España se la pegue” 62

España sigue incrementando su Gasto, y Europa sigue aportando dinero a España. Incluso el BCE retira ayudas a Alemania, Francia y Países Bajos para entregarlas a España. 64

La era Sánchez dispara hasta los 72.500 euros la carga de deuda pública de cada familia española. 64

El Gobierno sólo ha desembolsado un 9% de los fondos europeos en la primera mitad del año. 65

Uno de cada cuatro parados menores de 25 años de la eurozona está en España. 65

Las familias españolas, a la cabeza en pérdida de ingresos reales por el IPC.. 65

13. ESPAÑA es uno de los MAYORES BENEFICIADOS DE LAS SUBVENCIONES EUROPEAS.. 65

14. POCO CONTROL de las AYUDAS recibidas de Europa. 65

“Hacienda amplía la macroestructura de gestión de los fondos UE ante el caos del sistema de control de las inversiones” 65

“La UE investiga una red de fraude de ayudas agrícolas de la PAC por toda España liderada por un funcionario desde Murcia” 67

15. RESPETO al ESTADO de DERECHO: Pilar de la UE.. 68

“El respeto del Estado de Derecho es también esencial para la buena gestión financiera del presupuesto de la Unión y el uso eficaz de la financiación de la Unión”. 68

16. REGLAMENTO de CONDICIONALIDAD: solo una Justicia Independiente puede investigar la posible corrupción y despilfarro de las Ayudas de Europa. 69

REGLAMENTO relativo a la CONDICIONALIDAD del Estado de Derecho. 69

España logra suspender las Ayudas Europeas a Polonia y Hungría, por No Garantizar la Independencia Judicial: 70

17. ¿RESPETO al ESTADO de DERECHO en ESPAÑA?. 71

El GRECO tendrá en consideración esta Cadena de Mando para próximas evaluaciones de España. 71

18. ¿SUSPENSIÓN de las AYUDAS de EUROPA a ESPAÑA?. 71

Existe una Cadena de Mando que permite al Gobierno interferir en la labor de los Jueces en España: Los intereses financieros de la UE, están amenazados. 71

Mientras la Presidente del OBSERVATORIO siga en la COMISION DISCIPLINARIA , solicitamos que se aplique el Reglamento relativo a la Condicionalidad del Estado de Derecho a España. 72

19. Medios de Comunicación que han publicado esta Falta e Independencia Judicial en España. 72

“En España no está garantizada la independencia del Poder Judicial. ¿ Por qué?” 72

“No existe independencia Judicial, así controla Sánchez a los Jueces y a la Justicia” 74

“Jueces y Magistrados ¿marionetas del feminismo? “ 79

20. Hemos denunciado esta Cadena de Mando ante el Poder Judicial de España, pero todo sigue igual. 79

21. Hemos denunciado esta Cadena de Mando al Congreso de los Diputados de España, pero todo sigue igual. 79

22. Si España no puede impedir esta Falta de Independencia, habrá que DENUNCIAR en EUROPA esta VIOLACIÓN del Estado de Derecho que amenaza las Finanzas de la UE. 80

los Ciudadanos que consideren vulnerados sus Derechos, pueden presentar una CUESTION PREJUDICIAL ante el TJUE.. 80

Presentar una CUESTION PREJUDICIAL ante el TJUE (IMPORTANTE) 80

"El papel del TJUE en la Unión de Derecho", por JUAN IGNACIO SIGNES DE MESA, letrado del TJUE (IMPORTANTE) 80

CUESTIÓN PREJUDICIAL (art. 267 del TFUE) 81

CUESTIÓN PREJUDICIAL : Recomendaciones del CGPJ (REDUE) IMPORTANTE.. 81

23. Consideraciones Finales. 85

¿Exigir Responsabilidades a España o a Europa?: 86

24. Excmo. Sr. KOEN LENAERTS (Presidente del TJUE) 87

25. Solicitamos: los 7 Miembros de la COMISION DISCIPLINARIA deben de ser INDEPENDIENTES.. 87

La Presidente del OBSERVATORIO debe de abandonar la COMISIÓN DISCIPLINARIA del CGPJ. 87

 


 

 

1.   TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (:TJUE): Competencias


 

Presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE): Excmo. Koen Lenaerts

Misión del TJUE : proteger el Derecho de la Unión Europea

 

“El TJUE es una jurisdicción interna inserta en el ordenamiento jurídico creado con base en el Derecho de la Unión Europea, ​ que aglutina en especial combinación una serie de características propias de un Tribunal Constitucional, una jurisdicción administrativa, una jurisdicción civil y una jurisdicción internacional.

Acorde a las peculiaridades del ordenamiento jurídico europeo, el Tribunal de Justicia sigue un modelo exclusivo que nada tiene que ver con los tribunales internacionales propios del Derecho Europeo ajeno a la Unión Europea. Por el contrario, el TJUE posee una naturaleza supranacional gracias a la parcela de soberanía cedida por los Estados miembros, algo que le permite utilizar no solo las fuentes del Derecho de la Unión y el Derecho internacional, sino también el Derecho interno de los Estados.

La naturaleza del Tribunal ha sido configurada a través de los Tratados constitutivos de la Unión, teniendo así carácter obligatorio y permanente para las instituciones europeas y los Estados miembro. Así pues, se trata de una jurisdicción de creación originaria, con carácter obligatorio y exclusividad para los casos que se prevean en los Tratados, casos en los que el Tribunal nacional en cuestión resultaría incompetente.

Respecto al método interpretativo que sigue el Tribunal de Justicia, cabe señalar la inmensidad de principios que puede seguir para resolver, así como la labor de los Abogados Generales de extraer los principios comunes o extendidos en los ordenamientos jurídicos internos para aquellos casos en los que la solución del conflicto no pueda hallarse en el Derecho comunitario.

Fuente wikipedia: https://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal_de_Justicia_de_la_Uni%C3%B3n_Europea

 

Normativa


 

TRATADO de la Unión Europea: Artículo 2: RESPETO al ESTADO de DERECHO


 

Artículo 2

La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres.

Fuente : https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00013-00046.pdf

 

 

TRATADO de La Unión Europea: Artículo 19: el TJUE GARANTIZARÁ el RESPETO del DERECHO de la UNION


 

Artículo 19

 

1. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comprenderá el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados. Garantizará el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados. Los Estados miembros establecerán las vías de recurso necesarias para garantizar la tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión.

 

2. El Tribunal de Justicia estará compuesto por un juez por Estado miembro. Estará asistido por abogados generales. El Tribunal General dispondrá al menos de un juez por Estado miembro. Los jueces y abogados generales del Tribunal de Justicia y los jueces del Tribunal General serán elegidos de entre personalidades que ofrezcan plenas garantías de independencia y que reúnan las condiciones contempladas en los artículos 253 y 254 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Serán nombrados de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros para un período de seis años. Los jueces y abogados generales salientes podrán ser nombrados de nuevo.

 

3. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunciará, de conformidad con los Tratados:

a) sobre los recursos interpuestos por un Estado miembro, por una institución o por personas físicas o jurídicas;

b) con carácter prejudicial, a petición de los órganos jurisdiccionales nacionales, sobre la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de los actos adoptados por las instituciones;

c) en los demás casos previstos por los Tratados.

Fuente : https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00013-00046.pdf

 

 

CARTA de los DERECHOS FUNDAMENTALES de la UNIÓN EUROPEA: art 47: “Derecho a la TUTELA JUDICIAL EFECTIVA y a un JUEZ IMPARCIAL”


 

Artículo 47

Derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial

 

Toda persona cuyos derechos y libertades garantizados por el Derecho de la Unión hayan sido violados tiene derecho a la tutela judicial efectiva respetando las condiciones establecidas en el presente artículo.

Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa y públicamente y dentro de un plazo razonable por un juez independiente e imparcial, establecido previamente por la ley.

Toda persona podrá hacerse aconsejar, defender y representar. Se prestará asistencia jurídica gratuita a quienes no dispongan de recursos suficientes siempre y cuando dicha asistencia sea necesaria para garantizar la efectividad del acceso a la justicia.

Fuente: https://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf

 

 

art. 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (:CEDH): la designación (política) de un tribunal puede afectar a la validez de sus resoluciones


 

  • “Porque el TEDH ha declarado aplicable la garantía del art. 6 CEDH a los tribunales constitucionales (sentencia de 7 de mayo de 2021, asunto 4907/18, Xero Flor),”
  • “El TJUE y el TEDH vienen declarando reiteradamente, sobre todo en relación con el caso de Polonia, que la forma de designación (política) de un tribunal puede afectar a la validez de sus resoluciones (sentencias TJUE 19 de noviembre de 2019, -C-624/18, y 2 de marzo de 2021, -C-824-18; sentencias TEDH 22 de julio 2021-Reczkowicz, 8 de noviembre 2021 -Dolińska-Ficek and Ozimek, 3 de febrero de 2022 -AdvancePharma). GRECO viene advirtiendo sobre lo mismo específicamente en relación con el caso español. Por esta razón, si no se cumplen las normas europeas sobre Estado de Derecho y separación de poderes, podemos empezar a encontrarnos de manera inminente con decisiones judiciales europeas que coloquen a la justicia española en una situación insostenible.”

 

Fuente: https://plataformaindependenciajudicial.es/2022/07/12/violacion-de-la-normativa-europea-en-la-reforma-del-tc-informe-de-la-plataforma/

 

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: art 10: los derechos fundamentales deben interpretarse de conformidad con la jurisprudencia del TEDH


 

TÍTULO I   De los derechos y deberes fundamentales

Artículo 10

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

 

Fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229#:~:text=Art%C3%ADculo%2010,-1.&text=La%20dignidad%20de%20la%20persona,y%20de%20la%20paz%20social

 

 

2.   TRIBUNAL EUROPEO de DERECHOS HUMANOS (:TEDH)


 

El TEDH y el TJUE son Tribunales muy distintos:

El TEDH depende del Consejo de Europa, tiene su sede en Estrasburgo (Francia)

El TJUE depende de la Unión Europea , tiene su sede en Luxemburgo (Luxemburgo).

Ambos Tribunales protegen los Derechos de los Ciudadanos.

 

 

Convención Europea de los Derechos Humanos


 

Derechos de los Ciudadanos

“Convention européenne des droits de l’homme” : https://www.echr.coe.int/Documents/Convention_FRA.pdf

Derecho a tener un Juicio Justo y que el Poder Judicial sea Independiente.

 

Sentencias más relevantes del TEDH sobre la INDEPENDENCIA de la JUSTICIA  (IMPORTANTE)


 

Periódicamente el TEDH realiza en Resumen con sus Sentencias más relevantes.

Ajuntamos un extracto de este Resumen elaborado por el TEDH en Marzo 2022.

El documento original solo está disponible en francés e inglés.

Para evitar errores con la traducción, mostramos el extracto en francés:

 

Fiche thématique – Indépendance de la justice

mars 2022

Cette fiche ne lie pas la Cour et n’est pas exhaustive

Indépendance de la justice


Article 6 § 1 (droit à un procès équitable – tribunal indépendant) de la Convention européenne des droits de l’homme (« la Convention ») :

« Toute personne a droit à ce que sa cause soit entendue équitablement, publiquement et dans un délai raisonnable, par un tribunal indépendant et impartial, établi par la loi, qui décidera, soit des contestations sur ses droits et obligations de caractère civil, soit du bien-fondé de toute accusation en matière pénale dirigée contre elle. (...) ».

 

 

Indépendance et droit à un procès équitable


 

Remli c. France

23 avril 1996

Cette affaire concernait le refus d’une cour d’assises de donner acte à un accusé français d’origine algérienne de propos racistes qu’aurait tenus l’un des jurés en dehors de la salle d’audience et qui se trouvaient relatés dans un témoignage écrit. Le requérant se plaignait en particulier de ce que sa cause n’avait pas été entendue par un tribunal impartial.

 

La Cour a conclu à la violation de l’article 6 § 1 de la Convention. Elle a observé en particulier que l’article 6 § 1 implique, pour toute juridiction nationale, l’obligation de vérifier si, par sa composition, elle constitue un « tribunal impartial » lorsque, comme dans le cas du requérant, surgit sur ce point une contestation qui n’apparaît pas d’emblée manifestement dépourvue de sérieux. Or, en l’espèce, la cour d’assises n’avait pas procédé à une telle vérification, privant ainsi le requérant de la possibilité de remédier, le cas échéant, à une situation contraire aux exigences de la Convention. Cette constatation, eu égard à la confiance que les tribunaux d’une société démocratique se doivent d’inspirer au justiciable, a suffi à la Cour pour conclure à la violation de l’article 6 § 1.

Critères d’indépendance


 

Tribunal établi par la loi


 

Zand c. Autriche

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Escrito presentado al TJUE con toda la información sobre las Amenazas a las Finanzas de Europa